Según el
Reglamento general de estudiantes ,
Artículo 28°.
- Las modalidades de aprobación final de las unidades curriculares son:
a.
Promoción directa: Acreditación de saberes mediante exámenes parciales y/o trabajos prácticos,
aprobados con 6 (seis) o más puntos de calificación cada uno. La calificación final de la cursada
deberá ser de 7 (siete) o más puntos y será el resultado de la ponderación de las calificaciones
obtenidas en las instancias de evaluación implementadas.
b.
Examen final obligatorio: Acreditación de saberes mediante un coloquio u otro recurso que el
equipo docente defina para tal fin, más allá de la calificación obtenida en los exámenes parciales.
Para acceder a dicha instancia se deberá haber aprobado la cursada de la unidad curricular.
c.
Examen libre: Acreditación de saberes, a través de un examen final integrador, sin asistencia a
clases y sin aprobación de la cursada.
La Unidad Académica será quien defina para cada unidad curricular la modalidad de aprobación.
En todos los casos la calificación final será un número entero.